Desde la publicación en este blog de mi entrada "¿Impugnó MORENA la Ley Kumamoto?" y a pregunta expresa al diputado independiente sobre si considera que hubo o no impugnació, reproduzco aquí la respuesta.
"Revisamos esa situación y lo que sucedió es que hubo un error por parte de los abogados de Morena. Si bien al principio del documento señalan que buscan impugnar el Artículo 13 Fracción IV de la Constitución de Jalisco (que es #SinVotoNoHayDinero), a la hora de detallar los artículos a impugnar ya no hacen mención a éste, por lo que la SCJN no lo tomó en cuenta a la hora de preparar la sentencia."
Alvaro Quintero
Coordinador de Enlace del equipo de Pedro Kumamoto
En conclusion:
1) El artículo 13-IV-a) de la constitucion de Jalisco SI ES #SinVotoNoHayDinero
2) Segun el inicio del documento, MORENA busca impugnar dicho artículo.
3) El error o "error" consiste en que despues no se menciona al detallar los artículos a impugnar.
4) Es solo por lo anterior que la SCJN no toma en cuenta la impugnación al preparar su sentencia.
No es por intrigar pero esto me recuerda al "Voto por Voto" que se exigio en la calle luego de la leleccion del 2006 pero que en la demanda de la Coalicion Por el Bien de Todos no fue sustentada juridicamente.
"En política, nada ocurre por casualidad. Cada vez que un acontecimiento surge, se puede estar seguro que fue previsto para llevarse a cabo de esa manera."
Franklin D. Roosevelt
martes, 12 de septiembre de 2017
lunes, 7 de agosto de 2017
En Venezuela no hay democracia porque no hay estado de derecho.
La
democracia es mucho más que un gobierno de la mayoría. Es también defender los
derechos de las minorías, los del individuo y limitar el poder.
En
Venezuela no hay democracia. Sin observar el estado de derecho la simple
mayoría no hace democracia. Sin estado de derecho la persecución de las
minorías y el aplastamiento del individuo se imponen ante el ejercicio de un
poder sin límites.
El más
reciente ataque a la democracia y los derechos humanos propinado por el régimen
Chavista que encabeza Nicolás Maduro y sus gerifaltes, es el que ha constituido
en completo desapego a la constitución, una Asamblea Nacional Constituyente con
la finalidad clara de anular la Asamblea nacional (legislativo)
mayoritariamente opositor elegida apenas en 2015.
Este mismo año, el régimen
intentó sin éxito, anular al legislativo por medio de una resolución
insostenible en derecho, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia.
Tribunal que ni de lejos supone división de poderes al estar totalmente
sometido al ejecutivo. Prueba de dicho sometimiento es que, ante las críticas
internacionales por la descarada intentona de un autogolpe vía el tribunal,
este se desistió por instrucciones de Nicolás Maduro.
Un poder independiente
obviamente habría procurado sustentar su resolución, pero no, se plegó sin
chistar a la orden del ejecutivo disfrazada de sugerencia.
La
obviedad del autogolpe aquel, fue sustituida con una ilegal convocatoria a elegir una
Asamblea Nacional Constituyente que fue maquillada de legalidad el pasado 31 de
julio con una inconstitucional elección.
Dicha
elección es ilegal de origen contraviniendo en todo lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por el Título IX Capítulo II De la Reforma Constitucional.
El artículo 347 de la CRBV deja
bien claro que el único facultado para convocar una Asamblea Nacional
Constituyente es “el pueblo de Venezuela”. Así mismo, el sucesivo articulo 348 reconoce
que el presidente podrá tomar la “iniciativa
de convocatoria”, esto es, el presidente no puede convocar sin que los
venezolanos con derecho a voto den el visto bueno.
Para ello, como se enseña incluso
a los chicos de primaria en Venezuela, se hacía necesario un referendo abierto
al electorado en general.
De esa votación
se determinaría si se daba el paso siguiente que consistía en elegir a los integrantes
de la ANC.
Ese requisito
fue ignorado por el ejecutivo que con el aval del Tribunal Supremo de Justicia,
lo consideró innecesario dando una clara muestra de subordinación.
Esto
es, el pasado 31 de Julio, no se debieron elegir constituyentes, sino que, en
todo caso, se debió consultar al electorado para que manifestara si estaba de
acuerdo con la integración de una ANC.
Además
de tratarse de una elección de constituyentes viciada de origen e
inconstitucional, la misma se realizó de acuerdo al decreto de Maduro de forma “sectorial
y territorial” lo que contraviene el requisito de elección universal
establecido en la constitución actualmente vigente.
Lo
anterior por sí mismo basta para declarar ilegal a la ANC, sume usted los
señalamientos de SMARTMATIC, la empresa a cargo del sistema de votación empleado
en Venezuela de que los resultados fueron manipulados para mostrar una participación
mayor a la real.
Las
opiniones filo-chavistas han echado mano de infinidad de falacias lógicas para
justificar la ilegalidad de la elección del 31 de julio tales como señalar de
ilegal el referéndum opositor del 17 de julio. Dicho ejercicio desde el
principio se planteó como no vinculante y como un mero acto de protesta. De
cualquier modo, argumentar legalidad de la elección de la ANC porque la
consulta opositora no es legal es un claro argumento Non sequitur y/o Tu quoque;
una falacia lógica como ya se mencionaba antes que por ningún motivo representa
un argumento legal que demuestre u otorgue carácter constitucional a lo que de
origen no lo tiene.
Para
empeorar las cosas, otra ilegalidad del régimen por vía de la ANC consiste en
que ha destituido a la fiscal general, Luisa Ortega. Dicha destitución sería
igualmente ilegal suponiendo sin conceder que la ANC fuese legitima. No es una
de sus atribuciones designar o destituir a la fiscal. Esa es una prerrogativa
exclusiva de la Asamblea Nacional, esa elegida en 2015 y que se ha intentado
anular.
De pilón: Actores políticos que en años pasados
durante el auge de commodities alababan y ponían como ejemplo a Venezuela, hoy
pretenden que nadie con opiniones negativas sobre el régimen y la actual situación
del país las exprese en redes u artículos de opinión. En realidad, sea con su
apoyo abierto o con su silencio, apoyan por afinidad a un régimen que no tiene
argumentos para decir que gobierna con el respaldo de la ley, y ni siquiera
para demostrar que representante de la voluntad mayoritaria.
jueves, 23 de marzo de 2017
El hartazgo del ejército.
Hoy Carlos Puig escribe en milenio que "El ejército esta harto" y no veo como eso pueda ser exagerado. Lo que si veo es una explicación errada de las causas.
El hartazgo
y desgaste del ejército tampoco se dan en el vacío.
Como todo
humano, los militares son también falibles. Con todo y eso, la institución es
la que mejores resultados positivos tiene y en proporción, una menor cantidad
de recomendaciones por violación de DDHH.
El hartazgo
y el desgaste del ejército no es gratuito. Los grupos criminales tienen un
claro interés en desacreditar las labores de seguridad porque le afectan en sus
intereses. Esos, ya sabemos que son grupos delictivos que no se sujetan otras
leyes ni ética que no sean las de estar por encima de todo y de todos.
El hartazgo
y desgaste del ejército no viene de esos intentos de descredito que eran de
esperarse.
Estoy
convencido de que ese hartazgo y desgaste es más bien producto de golpeteo
insensato motivado por un interés político electoral de un sector de la
izquierda que cuando se veía ganador, aseguró seguiría empleando al ejército en
la lucha contra el narco.
Ese mismo sector
de la izquierda que de viva voz puso en segundo lugar al país y al estado (que
se hunda PEMEX, lo rescataremos cuando lleguemos – nada que beneficie al
espurio) para poner por delante su ambición de ser presidente.
Esa
izquierda y una considerable porción de sus votantes que, diga lo que diga el
líder, servirán como cámara de eco, son los que con seguridad hartan y
desgastan al ejército. Y LA VERDAD… ¿Quién puede culparlos?
DE PILON: Hablando de la camara de eco, El libro de 2004 con el ISBN 9685956979, 9789685956970 se puede leer en sus paginas 89 y 90:
DE PILON: Hablando de la camara de eco, El libro de 2004 con el ISBN 9685956979, 9789685956970 se puede leer en sus paginas 89 y 90:
"Las
escuelas normales están lejos de ser campos de creatividad y experimentación
pedagógica. En ellas se reproducen los métodos tradicionales de enseñanza y las
prácticas educativas más conservadoras. Dichas escuelas se caracterizan por el
predominio del influyentísimo, los bajos salarios, la falta de actualización de
los docentes, la nula infraestructura para la investigación y la ausencia de mecanismos adecuados de evaluación."
Le hicieron eco entonces y le hacen eco también cuando se opone a la evaluacón de los maestros.
jueves, 11 de agosto de 2016
El 3 de 3 de AMLO
No fue ni en 10 ni en 15 días como había prometido pero AMLO finalmente ha presentado lo que dice es su #3de3.
Él que ha acusado a empresarios de cometer fraude fiscal por el hecho de recibir devoluciones de impuestos (sin comprobar que se trate de algo ilegal) muestra 3 declaraciones anuales de impuestos y en ninguna de ellas paga un centavo.
La de 2013 (sólo por actividad empresarial) se presenta en ceros. Lo mismo que ha sido criticado a los comerciantes de Oaxaca cuando amagaron con hacerlo en protesta por bloqueos de la CNTE. Eso o sus pagos provisionales por la actividad empresarial resultaron exactamente iguales al impuesto anual.
En la de 2015 (salarios + actividad empresarial) declara un saldo a favor de poco las de 700 pesos. Esto es, que lo que anualmente le retuvo MORENA vía nómina, más los pagos provisionales de su actividad empresarial son casi exactos al impuesto anual y no realizó deducciones personales de ningún tipo.
Es en 2014 en dónde por salarios + actividad empresarial determina un saldo a favor de poco más de 22,000 pesos. Aquí la cosa cambia. Suponiendo que igual que en los casos previos, sus retenciones por salario y sus pagos provisionales eran tan exactos que no había cantidad a pagar o había un pequeño saldo a favor, se aplicaron deducciones personales. Esas deducciones pueden ser entre otros:
Honorarios médicos y dentales.
Gastos hospitalarios.
Transportación escolar obligatoria.
Gastos funerarios.
Intereses por crédito hipotecario de casa.
Hay que observar primero, que estas deducciones están topadas a no más de 4 salarios mínimos elevados al año (98,243.40 pesos) o el 10% de los ingresos.
Luego, la que el propio AMLO presenta como su declaración patrimonial, ademas de declarar que la señora de López es la principal dueña de propiedades (¿gaviotazo lehítimo?), señala sólo los míticos y cacareados 50,000 pesos mensuales como ingresos totales anuales.
Si hemos de creer en su palabra, eso significan ingresos anuales por 600,000 pesos que sin deducción alguna suponen un impuesto anual de 135,850.80 pesos que MORENA debió retenerle mensualmente a razón de 11,320.90 pesos.
Así su declaración se presentaría sin monto a pagar ni saldo a favor, o en todo caso, uno muy pequeño en cualquiera de los dos sentidos.
No es así. Solicita un saldo a favor de 22,516 pesos, lo que supone deducciones personales.
El monto máximo deducible es de 60,000 pesos (10% de los ingresos por ser menor a 4VSMG al año).
Con eso, pagaría impuestos sobre 540,000 pesos a razón de 117,850.82 pesos.
Si las retenciones mensuales que debió hacerle MORENA no cambian (como no deben), significaría que de los 135,850 pesos ya pagados vía retenciones, tendría un saldo a favor de 17,999.98 pesos. No checa con el monto solicitado.
Si además reduce de sus ingresos el ESTÍMULO FISCAL POR PAGO DE COLEGIATURAS de un hijo de nivel primaria a un máximo de 12,900 pesos como límite, el impuesto anual se reduce a 113,980 pesos y arroja un saldo a favor de 21,869.98 pesos. Similar a lo que dice su declaración.
¿Será pues que sí aceptamos lo de los míticos 50,000 pesos mensuales estamos viendo a AMLO hacer lo mismo que critica?
¿Solicita saldos a favor mientras los crítica a otros?
¿Paga escuela privada mientras denuncia una supuesta privatización de la educación.?
¿Toma el beneficio fiscal de la deducción de colegiaturas que repudio cuando se propuso y autorizó en el 2011?
¿Estamos otra vez viendo un caso de #AMLOvsAMLO?
De pilón.
Los acolitos de AMLO se cansaron de decir que AMLO vivia de las regalias de sus libros y ni un centavo declara por ese concepto. O los libros no se venden o está omitiendo incluir esos (y tal vez otros) ingresos en su declaración.
lunes, 7 de marzo de 2016
Ojos de lego.
El tema del City Manager de la delegación Miguel Hidalgo de la Ciudad de México ya se va haciendo añejo.
Hay detractores y defensores sus métodos. Algunos con argumentos y otros con muchísimo hígado.
Quiero comentar respecto de los que argumentos que se han hecho desde un punto de vista esencialmente de legalidad.
Mi opinión sobre este asunto damas y caballeros, es la de quien sabe de leyes no mas que lo básico y elemental.
Es una opinión que no vale pa' tres carajos pero que así y todo, al expresarla, espero ser sacado de mis errores por los que de verdad saben de esto.
Dicho lo anterior, inicio con algunos antecedentes:
Se dice que a diferencia del ciudadano a quien lo que no le está prohibido le esta por ende permitido, en el caso de la autoridad aquello que no le esta expresamente permitido le está por ende prohibido. Dicho de otra manera: "Es invalido todo acto de los poderes públicos que no esté expresamente autorizado por la ley". Ello significa que los actos de la autoridad deben fundarse en la ley.
Por lo que entiendo, que seguramente será muy poquito, no todo lo que hace alguien que trabaja como autoridad es un acto de autoridad. No lo es comer, caminar, vestirse. No lo es siquiera tener redes sociales y hasta Periscope.
Las mas de las veces he leído argumentos en contra del uso de Periscope por parte del City Manager, que se apoyan en la LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL...
Esto es lo que con ojos de lego he visto en dicha ley:
deber o
ejerciendo un derecho siempre que el modo de proceder o la falta de reserva,
cuando debió
haberla, no
demuestre un propósito ofensivo.
Total que me parece que lo que se refiere a subir a Periscope conductas llevadas a cabo EN ESPACIOS PUBLICOS y que resultan antisociales cuando no hasta violatorias de leyes y/o reglamentos no está prohibido de manera absoluta.
Reitero que lo que me parezca a mi, vale para tres carajos y que lo que pudiera ser definitivo es lo que un juez determine en la eventualidad de que alguno de los "afectados" opte por proceder a demandar.
En ese caso, me llama la atención que quienes argumentan la violación a la privacidad lo hacen sobre los casos que cobran notoriedad (que son los menos) debido a la respuesta belicosa de los que están siendo filmados y nada ocurre con los casos en que no hay confrontación.
Creo que los que pudieran presentar una demanda en tribunales contra el City Manager son justamente los que no se confrontaron con él y no los que cobran notoriedad. Lo creo así porque los reclamos a cámara de parte de los que han dicho son sujetos de "humillación" no han sido en demanda de que se proteja su imagen, han sido en exigencia del respeto a lo que sientes es su derecho a la impunidad. A que sus "su chicharrones truenen" y a que quede claro que sepan "con quien te estas metiendo" y que se sepa "quien soy".
Dicho todo lo anterior, no me parece que haya ilegalidad en el periscopeo del City Manager, me parece que lo que hay es un político haciendo política y ciudadanos comprándole el show... Unos desde el rechazo a sus modos y otros desde la aceptación acrítica de la misma.
Hay para mi un problema de ética e todo esto y la ética es una carretera de dos vías... Es de ida y vuelta el asunto.
Me parece innecesario motejar a los que son periscopeados, tanto por parte del City Manager como por parte de sus acólitos. Pero igual me parece repugnante el charoleo e influyentísimo de los que quieren salirse con la suya por la fuerza de las mentadas.
Me parece incompatible la actitud de quienes consideran ilegal cualquier periscopeo en espacios públicos pero les parezca a todo dar que la autoridad determine cual sustancia si y cual no puede alguien atascarse EN LA PRIVACIDAD DE SU CASA.
Por ultimo, me parece incompatible que lamenten el "daño a la imagen" de quienes parece claro que están haciendo un esfuerzo decidido por que su nombre, su estatus y sus amistades o relaciones de poder sean conocidas para evitar cumplir leyes, reglamentos y normas básicas de convivencia social, mientras por otra parte, se dedicaron a "defender" a un niñito cuya madre no quiso cortarle el pelo mediante la publicación de fotos aparentemente privadas en las que aparece vestido de niña.
De pilón: Arnelieber y Arnehaters harían bien en pensar si sus modos y argumentos abonan a su causa o en realidad hacen mas por aumentar la notoriedad de quien a todas luces, es un político profesional haciendo política de a gratis.
Hay detractores y defensores sus métodos. Algunos con argumentos y otros con muchísimo hígado.
Quiero comentar respecto de los que argumentos que se han hecho desde un punto de vista esencialmente de legalidad.
Mi opinión sobre este asunto damas y caballeros, es la de quien sabe de leyes no mas que lo básico y elemental.
Es una opinión que no vale pa' tres carajos pero que así y todo, al expresarla, espero ser sacado de mis errores por los que de verdad saben de esto.
Dicho lo anterior, inicio con algunos antecedentes:
Se dice que a diferencia del ciudadano a quien lo que no le está prohibido le esta por ende permitido, en el caso de la autoridad aquello que no le esta expresamente permitido le está por ende prohibido. Dicho de otra manera: "Es invalido todo acto de los poderes públicos que no esté expresamente autorizado por la ley". Ello significa que los actos de la autoridad deben fundarse en la ley.
Por lo que entiendo, que seguramente será muy poquito, no todo lo que hace alguien que trabaja como autoridad es un acto de autoridad. No lo es comer, caminar, vestirse. No lo es siquiera tener redes sociales y hasta Periscope.
Las mas de las veces he leído argumentos en contra del uso de Periscope por parte del City Manager, que se apoyan en la LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL...
Esto es lo que con ojos de lego he visto en dicha ley:
TÍTULO SEGUNDO
VIDA PRIVADA, HONOR Y PROPIA IMAGEN
CAPITULO I
VIDA PRIVADA
Artículo 9.-
Es vida privada aquella que no está dedicada a una actividad pública y, que por ende, es intrascendente y sin impacto en la sociedad de manera directa; y en donde, en principio, los terceros no deben tener acceso alguno, toda vez que las actividades que en ella se desarrollan no son de su incumbencia ni les afecta.
Artículo 10.-
El derecho a la vida privada se materializa al momento que se protege del conocimiento ajeno a la familia, domicilio, papeles o posesiones y todas aquellas conductas que se llevan a efecto en lugares no abiertos al público, cuando no son de interés público o no se han difundido por el titular del derecho.
Artículo 11.-
Como parte de la vida privada se tendrá derecho a la intimidad que comprende conductas y situaciones que, por su contexto y que por desarrollarse en un ámbito estrictamente privado, no están destinados al conocimiento de terceros o a su divulgación, cuando no son de interés público o no se han difundido por
el titular del derecho.
CAPITULO II
DERECHO AL
HONOR
Artículo
13.-
El honor es
la valoración que las personas hacen de la personalidad ético-social de un
sujeto y
comprende
las representaciones que la persona tiene de sí misma, que se identifica con la
buena reputación
y la fama.
El honor es el bien jurídico constituido por las proyecciones psíquicas del sentimiento de estimación que la persona tiene de sí misma, atendiendo a lo que la colectividad en que actúa considera como sentimiento estimable.
El honor es el bien jurídico constituido por las proyecciones psíquicas del sentimiento de estimación que la persona tiene de sí misma, atendiendo a lo que la colectividad en que actúa considera como sentimiento estimable.
Artículo
14.-
El carácter
molesto e hiriente de una información no constituye en sí un límite al derecho
a la información,
para
sobrepasar el límite de lo tolerable, esas expresiones deberán ser insultantes,
insinuaciones insidiosas
y vejaciones, innecesarias en el ejercicio de la libertad de expresión y
derecho a la información.
Por lo tanto, la emisión de juicios insultantes por sí mismas en cualquier contexto, que no se requieren para la labor informativa o de formación de la opinión que se realice, supone un daño injustificado a la dignidad humana.
Por lo tanto, la emisión de juicios insultantes por sí mismas en cualquier contexto, que no se requieren para la labor informativa o de formación de la opinión que se realice, supone un daño injustificado a la dignidad humana.
Artículo
15.-
En ningún
caso se considerará como ofensas al honor, los juicios desfavorables de la
crítica literaria, artística,
histórica, científica o profesional; el concepto desfavorable expresado en
cumplimiento de un
CAPITULO
III
PROPIA
IMAGEN
Artículo
19.-
La imagen
de una persona no debe ser publicada, reproducida, expuesta o vendida en forma
alguna si no es con su
consentimiento, a menos que dicha reproducción esté justificada por la
notoriedad de aquélla, por la
función pública que desempeñe o cuando la reproducción se haga en relación con
hechos, acontecimientos
o ceremonias de interés público o que tengan lugar en público y sean de interés
público.
Artículo
21.-
El derecho
a la propia imagen no impedirá:
I. Su
captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de
personas que ejerzan
un cargo
público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte
durante un acto público o
en lugares abiertos al público que sean de interés público.
II. La
utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.
III. La
información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público cuando la imagen
de una persona determinada
aparezca como meramente accesoria.
TÍTULO
TERCERO
AFECTACIÓN
AL PATRIMONIO MORAL
CAPÍTULO I
EL DAÑO AL
PATRIMONIO MORAL
Artículo
25.-
No se
considerará que se causa daño al patrimonio moral cuando se emitan opiniones, ideas
o juicios de valor sobre
cualquier persona, siempre y cuando no se utilicen palabras, frases o
expresiones insultantes por sí
mismas, innecesarias para el ejercicio de la libertad de expresión.
Las imputaciones de hechos o actos que se expresen con apego a la veracidad, y sean de interés público tampoco podrán ser motivo de afectación al patrimonio moral.
Las imputaciones de hechos o actos que se expresen con apego a la veracidad, y sean de interés público tampoco podrán ser motivo de afectación al patrimonio moral.
Total que me parece que lo que se refiere a subir a Periscope conductas llevadas a cabo EN ESPACIOS PUBLICOS y que resultan antisociales cuando no hasta violatorias de leyes y/o reglamentos no está prohibido de manera absoluta.
Reitero que lo que me parezca a mi, vale para tres carajos y que lo que pudiera ser definitivo es lo que un juez determine en la eventualidad de que alguno de los "afectados" opte por proceder a demandar.
En ese caso, me llama la atención que quienes argumentan la violación a la privacidad lo hacen sobre los casos que cobran notoriedad (que son los menos) debido a la respuesta belicosa de los que están siendo filmados y nada ocurre con los casos en que no hay confrontación.
Creo que los que pudieran presentar una demanda en tribunales contra el City Manager son justamente los que no se confrontaron con él y no los que cobran notoriedad. Lo creo así porque los reclamos a cámara de parte de los que han dicho son sujetos de "humillación" no han sido en demanda de que se proteja su imagen, han sido en exigencia del respeto a lo que sientes es su derecho a la impunidad. A que sus "su chicharrones truenen" y a que quede claro que sepan "con quien te estas metiendo" y que se sepa "quien soy".
Dicho todo lo anterior, no me parece que haya ilegalidad en el periscopeo del City Manager, me parece que lo que hay es un político haciendo política y ciudadanos comprándole el show... Unos desde el rechazo a sus modos y otros desde la aceptación acrítica de la misma.
Hay para mi un problema de ética e todo esto y la ética es una carretera de dos vías... Es de ida y vuelta el asunto.
Me parece innecesario motejar a los que son periscopeados, tanto por parte del City Manager como por parte de sus acólitos. Pero igual me parece repugnante el charoleo e influyentísimo de los que quieren salirse con la suya por la fuerza de las mentadas.
Me parece incompatible la actitud de quienes consideran ilegal cualquier periscopeo en espacios públicos pero les parezca a todo dar que la autoridad determine cual sustancia si y cual no puede alguien atascarse EN LA PRIVACIDAD DE SU CASA.
Por ultimo, me parece incompatible que lamenten el "daño a la imagen" de quienes parece claro que están haciendo un esfuerzo decidido por que su nombre, su estatus y sus amistades o relaciones de poder sean conocidas para evitar cumplir leyes, reglamentos y normas básicas de convivencia social, mientras por otra parte, se dedicaron a "defender" a un niñito cuya madre no quiso cortarle el pelo mediante la publicación de fotos aparentemente privadas en las que aparece vestido de niña.
De pilón: Arnelieber y Arnehaters harían bien en pensar si sus modos y argumentos abonan a su causa o en realidad hacen mas por aumentar la notoriedad de quien a todas luces, es un político profesional haciendo política de a gratis.
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lunes, 8 de febrero de 2016
Los mochos escarlata
¿De qué estamos hablando
aquí?
Si no hablamos
de la comisión de un delito, de la violación de una norma civil y ni siquiera
de la transgresión al bando de policía y buen gobierno, me parece a mí que se
trata de emitir un juicio moral sobre el presidente del país y la jerarquía católica.
Es un asunto que
honestamente a mí con todo y lo mal católico que soy me jode mucho el ánimo y
que lo hace no a raíz de este trabajo “periodístico” sino desde antes y por ser
evidente para quienquiera con clases mínimas de catecismo católico. Pero
ello es únicamente en el ámbito que corresponde a la fe y a la religión. O sea,
en el ámbito que corresponde (o así debiera ser) puramente al fuero interno de
las personas.
Hablar desde la pregonada
laicidad de “tráfico de influencias” para arreglar un asunto de índole religiosa.
Hablar de derechos para referirse a un asunto del ejercicio del ministerio
sacerdotal es un sinsentido que lleva el tema al campo de lo que tanto se
denuncia desde la progresía pero que tanto se hace. Esto es, todo se lleva al
campo de la moralina… de una actitud a todas luces MOCHA para juzgar al adversario
político.
Así las cosas,
no extrañe pronto encontrarnos en un reportaje de investigación que un otrora
joven adversario político disfrutaba el clásico juego de mesa Monopoly
(Turista) y que de ello se concluya y se denuncie la corrupción del individuo y
sus maléficas artes neoliberales.
Lo
verdaderamente criticable de EPN no es su copete, su matrimonio, sus errores
ante los micrófonos y ni su deficiente catolicismo y su asociación con jerarcas
igualmente cuestionables. Lo verdaderamente criticable está ahí a la vista de todos
y se llama CONFLICTO DE INTERESES. Ese asunto lo puso a la vista de todos, una
muy buena investigación de Carmen Aristegui. Obvio con ayuda de enemigos políticos de EPN como es lógico, aunque dependiendo del político en el banquillo de los acusados, algunos le llamen complot.
Ahora todo mundo
anda en Babia por una investigación “periodística” de un tema por demás baladí, mas propio de encontrarse en revistas "del corazón" que
en medios que tratan asuntos de índole política y en boca de actores políticos que se dicen laicos en
un país al que la separación Iglesia – Estado no le ha resultado en absoluto
barata.
Y el tema se ha puesto ahí (¡Oh qué ironía!) por la propia Carmen
Aristegui.
¡Vaya con la cortina de humo!
¡Vaya con quien la ha puesto ahí!
De la derecha no
extraña ni extrañaría este modo de hacer política. Y no porque se ciñan a los preceptos
religiosos que dicen profesar, sino justamente porque dicen profesarlos.
Qué cosa tan interesante es en cambio, que la
izquierda para quien en cuestión de política pública esto es irrelevante, otorgue
por una parte el perdón con tono de absolución a quien hace apenas unos meses
acusaba de corrupción (con lo que eso implica jurídicamente) y que por
otro lado lance anatemas a quien transgrede normas religiosas.
De pilón: Ahí
viene el Papa y la progresía reniega en redes sociales por la falta de quejas
de otros internautas. Agachones, mochos y persignados son
adjetivos usados en quienes “no hacen nada”…. Pero bien que festejaron una
visita realizada hace menos de un año, con entrega de medalla (¿de de fray
Bartolomé de las Casas?) y una carta congratulándose
y agradeciendo la próxima visita.
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miércoles, 25 de noviembre de 2015
MIEDO
Veo que muchos
comentan la “amenaza” de DAESH contra 60 países entre los que se cuenta a México.
Periódicos,
radio, televisión y redes sociales dan cuenta de ellos a cada minuto.
Darle difusión
en los medios a los mensajes que procuran causar miedo en la población general
no tiene sentido. Si los medios en principio creen que ello les generará un
beneficio económico, este no puede ser a largo plazo cuando se da a costa de la
sociedad en la que coexisten; no tiene sentido.
Informarse,
actuar con sentido común, cuidarnos y cuidar a los nuestros es lo mejor que
podemos hacer. Hacerlo con la presión del miedo sobre nosotros solo lo
dificultará.
Nadie por ejemplo ha reflexionado sobre cual sería el valor estratégico para esas personas de un supuesto ataque en México. ¿Qué efecto tendía en un país con tantas muertes violentas diarias?
Hay que bajarle a los decibeles y pensar fríamente.
Nadie por ejemplo ha reflexionado sobre cual sería el valor estratégico para esas personas de un supuesto ataque en México. ¿Qué efecto tendía en un país con tantas muertes violentas diarias?
Hay que bajarle a los decibeles y pensar fríamente.
No hace mucho
que en México un asesinato era reproducido incontables veces en los medios.
Paginas principales de los medios impresos y espacios estelares de los medios electrónicos
multiplicaban el efecto pretendido por los perpetradores.
En un país en el
que al menos 90% de crímenes REPORTADOS
se quedan en la impunidad, asesinar era (es) para los criminales la parte
sencilla. La saña con la que se hacía (hace), el macabro espectáculo de colgar
los cadáveres de puentes o dejarlos desmembrados a la vista, de filmar ellos
mismos su atrocidad, esa era (es) la verdadera intención de los criminales.
Fue en eso en lo
que a sabiendas o por ignorancia, los medios y no en pocos casos el mismo
gobierno, se convirtieron en los hechos en voceros de los asesinos.
Se creó terror
en la población y se propició la oportunidad para que delincuentes menores
actuaran al amparo de la confusión exacerbando la realidad de por si violenta.
Los medios y el
gobierno han bajado los decibeles en estos casos y es de reconocerse. No era (es)
una estrategia inteligente la de dar reflectores a los asesinos. Hoy parece que
los reductos de notas violentas se encuentran entre los “activistas” que antes
abogaban por #NoMasSangre pero que se frotaban las manos por cálculo político
con cada terrible acontecimiento.
Aunque es de
reconocerse cambio de enfoque para tratar estos hechos, sigo sin escuchar de
parte de los medios los motivos del notorio viraje. Sería deseable como un
ejercicio de ética periodística que comentaran al respecto. Ya ha pasado tiempo
suficiente.
Bien haríamos en
tomar lo aprendido del caso domestico antes relatado para aplicarlo al asunto
de los terroristas internacionales.
A los medios y
luego a cada uno de nosotros en lo individual no nos conviene hacer eco de
quienes pretenden causar terror.
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terroriemo
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