La controversia provocada por el texto de Ezra Shabot en Nexos tiene, por lo menos, un mérito: recordar que palabras como “genocidio” no pueden utilizarse como simples sinónimos de guerra, matanza o destrucción. En el derecho internacional, el genocidio exige demostrar la comisión de determinados actos con la intención específica de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
Pero esa precisión jurídica tampoco puede convertirse en una forma de minimizar la magnitud de lo que ocurre en Gaza. Que la Corte Internacional de Justicia no haya dictado una sentencia definitiva sobre el fondo no significa que la acusación sea absurda o puramente propagandística. La Corte consideró que existían derechos plausibles protegibles bajo la Convención y ordenó medidas provisionales ante un riesgo grave de perjuicio irreparable. Esto no equivale a una condena, pero tampoco a una absolución.
La discusión exige, por tanto, sostener dos ideas al mismo tiempo. La primera: todavía debe probarse jurídicamente la intención genocida de Israel. La segunda: la falta de una sentencia definitiva no autoriza a ignorar la destrucción de viviendas, hospitales e infraestructura civil, el desplazamiento masivo, la falta de alimentos y medicinas, ni el sufrimiento de la población palestina. Una catástrofe humanitaria existe antes de que un tribunal determine cuál es su calificación jurídica exacta.
También es indispensable reconocer los crímenes de Hamás sin convertirlos en una explicación universal de todo lo que sucede. El ataque del 7 de octubre incluyó asesinatos deliberados de civiles israelíes, toma de rehenes y una violencia dirigida contra población judía e israelí. Es legítimo exigir que esos hechos sean investigados y castigados con toda severidad. También es razonable discutir si determinadas acciones y declaraciones de Hamás podrían satisfacer los elementos de crímenes internacionales particularmente graves.
Sin embargo, Hamás no es Gaza y Gaza no es Hamás. La organización armada ha controlado políticamente el territorio, pero la población gazatí está compuesta por millones de civiles: niños, ancianos, enfermos y personas que no participan en las decisiones de sus dirigentes. La utilización de zonas civiles por parte de Hamás, aun cuando ocurra, no convierte automáticamente a todos los habitantes en combatientes ni elimina las obligaciones de Israel de distinguir entre objetivos militares y población civil.
Del otro lado, Israel tampoco debe confundirse con todos los judíos ni con todas las personas que defienden su existencia. El gobierno israelí y sus fuerzas armadas deben responder por sus decisiones concretas, del mismo modo que Hamás debe responder por sus ataques y por la conducta de sus dirigentes. Criticar a Israel no es, por sí mismo, antisemitismo. Defender la seguridad de Israel no implica, por sí mismo, justificar cada acción de su gobierno. Ambas afirmaciones son necesarias para evitar que la discusión se convierta en una sucesión de etiquetas.
La palabra “genocidio” merece un tratamiento especialmente cuidadoso. Quienes la utilizan para describir lo que ocurre en Gaza no deberían presentarla como una condena judicial ya definitiva. Deben explicar qué hechos consideran probatorios de la intención específica exigida por la Convención: declaraciones oficiales, patrones de conducta, destrucción de condiciones indispensables para la vida, desplazamiento, restricciones de ayuda y persistencia de esas políticas pese a las advertencias. La intención no siempre aparece en una orden explícita; puede inferirse de un conjunto de circunstancias. Pero esa inferencia debe argumentarse y documentarse, no darse por sentada.
Quienes rechazan la acusación de genocidio, como Shabot, tienen exactamente la misma obligación de responder a esos hechos y no limitarse a señalar a Hamás, el antisemitismo o la supuesta intención de destruir Israel. La existencia de un enemigo criminal no otorga carta blanca a un Estado. Tampoco basta con que Israel declare que su objetivo es destruir a Hamás: deben examinarse los métodos empleados, las alternativas disponibles, la protección efectiva de los civiles y las consecuencias previsibles de sus órdenes militares.
El lenguaje importa. Describir a los niños palestinos muertos como “yihadistas en potencia” no es una manera razonable de introducir precisión en el debate. Es una generalización que atribuye responsabilidad colectiva y termina deshumanizando a quienes deberían ser considerados civiles protegidos. Del mismo modo, llamar automáticamente “genocida”, “nazi” o “antisemita” a todo aquel que sostenga una posición contraria impide discutir la evidencia y convierte el desacuerdo político en una condena moral absoluta.
La posición más responsable no consiste en repartir culpas de manera mecánica ni en fingir que las partes tienen la misma capacidad, responsabilidad o poder. Hamás cometió atrocidades contra civiles y mantiene una lógica política y militar que pone en peligro tanto a israelíes como a palestinos. Israel tiene derecho a proteger a su población y a combatir a una organización armada responsable de esos crímenes, pero ese derecho está limitado por el derecho internacional y no justifica castigos colectivos, ataques indiscriminados, desplazamientos forzados o la privación de bienes indispensables para la supervivencia.
La tragedia de Gaza no puede convertirse en una defensa automática de Hamás. Pero la condena de Hamás tampoco puede convertirse en una licencia para desatender la vida palestina. La pregunta decisiva no debería ser qué bando merece nuestra solidaridad absoluta, sino qué hechos ocurrieron, quién ordenó qué, quiénes fueron las víctimas, qué obligaciones legales fueron incumplidas y cómo puede detenerse la destrucción.
En ese sentido, el debate suscitado por Shabot puede ser útil si obliga a utilizar con rigor el concepto de genocidio. Será perjudicial si ese rigor se emplea para negar el sufrimiento de Gaza, justificar la responsabilidad colectiva o silenciar toda crítica a Israel.
Y precisamente por eso me parece inaceptable que haya voces que pidan silenciar a Shabot, a Nexos o a cualquier persona que encuentre puntos coincidentes con su texto. Una cosa es cuestionar sus argumentos, señalar sus generalizaciones, exigirle fuentes y rechazar expresiones desafortunadas. Otra muy distinta es pretender que esas ideas no sean publicadas o discutidas.
La libertad de expresión no protege únicamente las opiniones correctas, populares o moralmente cómodas. También protege aquellas posiciones que consideramos equivocadas y que queremos refutar. Resulta todavía más preocupante que algunas de las voces que exigen ese silenciamiento no hayan formulado siquiera una crítica clara a Hamás por los asesinatos del 7 de octubre, por la toma de rehenes y por su responsabilidad al colocar deliberadamente a la población civil en medio de la confrontación.
La medida justa, entonces, consiste en mantener las dos exigencias al mismo tiempo: condenar sin ambigüedad los crímenes de Hamás y exigir, sin excepciones, la protección de la población palestina y la rendición de cuentas de Israel. Pero esa exigencia debe hacerse mediante argumentos, evidencia y debate abierto, no mediante la censura de quienes sostienen una posición incómoda.