lunes, 27 de octubre de 2014

Las desgracias son proyectil politicoelectoral.

Los muertos y desaparecidos son lo que menos le importa a los que le ven uso político electoral a las tragedias. Casi nadie en realidad se conduele.

Los HDP son los HDP pero a esos no se les menciona porque al que hay que tundirle es al político del bando contrario, al de enfrente, al descreido, al que no es verdadera opcion, porque la UNICA opcion es mi opcion.

No faltan aquellos que gritaban "No Mas Sangre" pero se alegraban (no tan secretamente) de cada noticia macabra pues creían que ahora sí, “el pueblo va a tirar al genocida...”

Ahora tenemos a los que se confrontaban con aquellos sin lógica alguna y por el puro ardor partidista, y que se se unen al coro de los que le endilga los muertos no el estado, no el sistema, y mucho menos a los HDP... sino a un individuo que está en el mismo puesto de elección popular que el que antes defendieron, pero que ahora es de otro partido político.

Ahí la llevamos, A ver hasta cuando cae el veinte. https://twitter.com/rtoursg/status/520025616918515712

Mientras tanto, a nadie le pasa por la mente la observacion de Luis Gonzalez de Alba:

El entusiasmo con que justicieros embozados queman archivos municipales para que aparezcan los desaparecidos es sospechoso cuando hay una Guerra del Opio con centro en Iguala.

http://share.mile.io/yvPSBAR

lunes, 20 de octubre de 2014

Algo breve sobre #TodosSomosIPN


En mi opinión, los alumnos que se identifican con la Asamblea General de Estudiantes IPN:

a) Tienen derecho a permanecer en paro indefinido.
b) No deben ser obligados a aceptar un (ó 9 ó 10 ó 20) "sí" como respuesta a sus demandas.
c) Tienen derecho de negarse a recibir clases en las actuales condiciones.


En mi opinión los alumnos en desacuerdo con la Asamblea General de Estudiantes IPN:

a) Tienen derecho a denunciar que la Asamblea General de Estudiantes IPN NO los representa
b) Tienen derecho a ingresas a sus planteles sin que nadie se los impida.
c) Tienen derecho YA MISMO si lo desean, a recibir clases. Así sean muchos o pocos, así sea uno solo quien lo quiere (recuerdo a Elizabeth Eckford).

-------------
Hay textos que parecen desafiar el paso del tiempo y sonar tan actuales hoy como lo hicieron hace más de 14 años. En esa categoría recuerdo un fragmento de EL BARBARO Y LOS COBARDES de Ikram Antaki.

“…el número se sustituye a la ley ( es decir, si diez personas decidieron robar a una, estas diez personas tendrán necesariamente la razón; y si un grupo decide que un individuo es culpable, este individuo será considerado como culpable sin tener que pasar por las pruebas del derecho)...”

Igual de actual que en el año 2000 - EL BARBARO Y LOS COBARDES


Hay textos que parecen desafiar el paso del tiempo y suenan tan actuales hoy como lo hicieron hace años. En esa categoría está EL BARBARO Y LOS COBARDES de Ikram Antaki.

 
EL BARBARO Y LOS COBARDES


Ikram Antaki
El Universal
Febrero del 2000

Nuestro país no tiene una relación privilegiada con el derecho; de hecho vivimos, en muchos aspectos, en una circunstancia pre-legal. No hemos interiorizado la ley y seguimos privilegiando las relaciones de fuerza. Hablar de “estado de derecho” cuando se tiene si quiera la idea de que un hombre absolutamente solo, erguido ante mitos, pueda tener la razón y que la fuerza del Estado en su totalidad, como garante del derecho, de apoyarlo y hacerlo triunfar, hablar de “estado de derecho” –digo en estas circunstancias , es palabrería vacía y es mentira.

Supongamos que un hombre, originario de un estado, quiera competir para la gubernatura del D.F., un dato básico le impide hacerlo: no cumple con las reglas de residencia. Saltando por encima de la ley, este hombre organiza un referendo; el número se sustituye a la ley ( es decir, si diez personas decidieron robar a una, estas diez personas tendrán necesariamente la razón; y si un grupo decide que un individuo es culpable, este individuo será considerado como culpable sin tener que pasar por las pruebas del derecho). ¿Por qué los demás lo dejaron competir? Por cobardía. Las instancias legales y sus propios adversarios públicos aceptaron la violación de la ley como acto fundador de la contienda. ¿Por qué? Por miedo al número, de la misma manera en que se legalizaban las ocupaciones de tierras por parte de las paracaidistas, doblando la ley ante el estado de derecho.

Quien sabe de leyes y acepta su violación lo hace por miedo; su decisión es política, no jurídica. La política dice que hay que dejar al PRD un D.F. que éste no iba a devolver en caso de perderlo con otro candidato, así que más valía dejárselo con este candidato.

¿Acaso se dan cuenta los habitantes del D.F. de lo que va a ser su vida durante los próximo tres o seis años? ¿Acaso tienen idea del infierno que podría ser? Quien los va a gobernar no es James Dean, sino un provinciano ignorante, violento y fanático. El referendo fue históricamente, el arma de los fascistas, a los demócratas, les basta con la aplicación de derecho. El referendo que daba el apoyo inicial al candidato del PRD estaba destinado a amedrentar a los jueces, es la dictadura, el terror del número ante cualquier circunstancia. La Ley de la selva no es la ley; un grupo de depredadores que deciden comerse al individuo débil y sólo no necesitan de la ley, les basta con la fuerza. Estas son las relaciones de fuerza del universo pre-legal, y estas son las relaciones que nos esperan bajo el próximo gobierno perredista. Cárdenas tenía las limitaciones que le imponía el sueño presidencial: Andrés Manuel López Obrador no tendrá límites. No será el valiente educador que se opondrá al pueblo si el pueblo yerra; para él, el pueblo tiene la razón simplemente porque es pueblo, y diez tendrán necesariamente más razón que dos o uno.

Sin el derecho, no hay vida soportable en sociedad; es el que evita a los hombres recaer en el estado de guerra que caracteriza el estado de naturaleza. El que empieza su reino violando la ley que regía este reino, no será un gobernante legal; será un golpista. ¿Por qué es que el DF insiste en darse este tipo de gobierno? El mito de un DF culto y politizado, en comparación con un campo ignorante y controlado por el PRI, es una de las grandes mentiras políticas que vivimos. Existe algo peor que la ignorancia y es el saber poco. El ignorante generalmente se sabe ignorante; el que sabe poco cree que sabe, y su prepotencia lo lleva a cometer todos los errores. Esta ignorancia que se esconde detrás de los temas del Fobaproa y demás retórica demagógica, le hace creer que sabe más y mejor que el campesino que piensa y vota de manera diferente a la suya.

Estamos llegando a los tiempos fanáticos e inseguros; no es este el cambio con el cual soñábamos. Este cambio no es un paso adelante; es un retroceso.

Esa atmósfera de intolerancia y de odio, de envidia, de maledicencia y de condena, no es una alternancia normal. Nuestra izquierda no es el PSOE; ignora, desprecia y viola la Ley, además de considerarla como un instrumento de burguesía.

miércoles, 16 de julio de 2014

La simplificación administrativa es un eslogan publicitario.


Resulta frustrante ver que la modernidad no le da al SAT para poner un poco de lógica al proceso de los CFDI, pues sin problema alguno es posible:

a)      Timbrar y obtener un sello digital para un CFDI.

 

b)      Verificar en el propio portal del SAT https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/ el tal CFDI obteniendo el estatus de “Vigente”.

 
 
 


c)       Encontrar el CFDI en formato XML en la base de datos del SAT https://cfdiau.sat.gob.mx/nidp/app/login?id=SATUPCFDiCon&sid=0&option=credential&sid=0

 

Para en última instancia, al “Validar” el CFDI en la opción también de SAT https://www.consulta.sat.gob.mx/sicofi_web/moduloECFD_plus/ValidadorCFDI/Validador%20cfdi.html obtener que no es válido y por ende no es deducible para efectos fiscales porque no cumple con los parámetros de estructura.

 

Que la validación de la estructura no sea una parte fundamental del algoritmo de computación que permite generar el timbrado y sello digital es una falla de programador novato, pero que se pueda “Verificar” sin problemas el tal CFDI y que el mismo se encuentre en las bases de datos del SAT sin cumplir con los requisitos de estructura ya raya en lo negligente.

 

Una empresa no tan pequeña podrá adquirir un software que le ayude a validar las varias facturas que recibe de sus proveedores, pero aun así, al detectar el software los errores, es menester ir a validarla manualmente en el portal del SAT en donde encuentra uno el escenario arriba descrito. Una empresa pequeña se verá metida en un berenjenal para poder validar sus facturas sin la capacidad de contar con un software y muchas de la veces sin tener conocimientos técnicos mínimos para navegar la pagina del SAT, mucho menos para poder validar sus CFDI.
 
La bendita “simplificación administrativa” existe sí pues, pero ella es para la autoridad que delega en el contribuyente la carga administrativa y económica que ello implica.
 
Que poca SAT. Neta.
 
Arturo Salinas Guerrero
@rtoursg
 

martes, 27 de mayo de 2014

La situación fiscal de Congreso Popular no es clara.

En un reciente intercambio de tuits con el usualmente nada interactivo CM de @Congres_Popular en relación con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales , este  easegura que es su  “organizacion hermana la que se ocupa de estos requisitos.”



Siendo ese el caso, me di a la tarea de averiguar la autorizacion de @CentroProDH como donataria autorizada en el SAT y si… Centro de Derechos Humanos Miguel Agustin Pro Juarez AC, está efectivamente autorizada para recibir donativos como se ve acá:


Como puede constatarse, su autorización es del tipo A, esto es, ORGANIZACIONES CIVILES Y FIDEICOMISOS ASISTENCIALES; autorización que se enmarca en lo dispuesto por el artículo 95 Fracción VI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta  vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 y que con la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente a partir del 1 de enero de 2014 cambia al artículo 79 pero conserva la misma fracción VI y que a la letra dice:
VI. Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de esta Ley, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las siguientes actividades:

a) La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda.

b) La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados.

c) La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.

d) La rehabilitación de alcohólicos y farmacodependientes.

e) La ayuda para servicios funerarios.

f) Orientación social, educación o capacitación para el trabajo.

g) Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.

h) Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad.

i) Fomento de acciones para mejorar la economía popular.

Más aun, el objeto social autorizado a Centro de Derechos Humanos Miguel Agustin Pro Juarez AC y revelado como se ve en su acta constitutiva dice a la letra:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Objeto social.- Sus fines son:1. Dar apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos teniendo como beneficiarios a las personas, sectores y regiones de escasos recursos; realizar actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad.


Como donataria autorizada, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustin Pro Juarez AC esta limitado en el ejercicio de sus actividades a las que especificamente le marcan la Ley del Impuesto sobre la Renta en el citado articulo así como lo que su propia acta constitutiva señala como objeto social.

A mi cumplido y leal entender, ser intermediario en el financiamiento de Congreso Popular AC  (quien hay que decir, no está en la lista de donatarias autorizadas) no se ciñe a lo autorizado por la autoridad ni a lo señalado en su acta constitutiva.

Huelga decir, que cumpla o no con sus obligaciones fiscales, @JohnMAckerman, cabeza visible del Congreso Popular, tiene un doble discurso por el cual descalifica a Teleton por solicitar donativos, pero ademas, de ser el caso que hay incumplimiento fiscal, la cosa ya es de otra indole.

Ante la renuencia de Congreso Popular para por congruencia y en concordancia con sus multiples demandas de transparencia a terceros  dejar en claro su situacion fiscal, y ante el lo escueto de la explicacion de @CentroProDH  consistente en un solo tuit, no hay de otra; que cada quien saque sus conclusiones.

Arturo Salinas Guerrero