Los muertos y desaparecidos son lo que menos le importa a los que le ven uso político electoral a las tragedias. Casi nadie en realidad se conduele.
Los HDP son los HDP pero a esos no se les menciona porque al que hay que tundirle es al político del bando contrario, al de enfrente, al descreido, al que no es verdadera opcion, porque la UNICA opcion es mi opcion.
No faltan aquellos que gritaban "No Mas Sangre" pero se alegraban (no tan secretamente) de cada noticia macabra pues creían que ahora sí, “el pueblo va a tirar al genocida...”
Ahora tenemos a los que se confrontaban con aquellos sin lógica alguna y por el puro ardor partidista, y que se se unen al coro de los que le endilga los muertos no el estado, no el sistema, y mucho menos a los HDP... sino a un individuo que está en el mismo puesto de elección popular que el que antes defendieron, pero que ahora es de otro partido político.
Ahí la llevamos, A ver hasta cuando cae el veinte. https://twitter.com/rtoursg/status/520025616918515712
Mientras tanto, a nadie le pasa por la mente la observacion de Luis Gonzalez de Alba:
El entusiasmo con que justicieros embozados queman archivos municipales para que aparezcan los desaparecidos es sospechoso cuando hay una Guerra del Opio con centro en Iguala.
http://share.mile.io/yvPSBAR
lunes, 27 de octubre de 2014
lunes, 20 de octubre de 2014
Algo breve sobre #TodosSomosIPN
En mi opinión, los alumnos que se
identifican con la Asamblea General de Estudiantes IPN:
a) Tienen derecho a permanecer en paro
indefinido.
b) No deben ser obligados a aceptar un (ó 9
ó 10 ó 20) "sí" como respuesta a sus demandas.c) Tienen derecho de negarse a recibir clases en las actuales condiciones.
En mi opinión los alumnos en desacuerdo con
la Asamblea General de Estudiantes IPN:
a) Tienen derecho a denunciar que la
Asamblea General de Estudiantes IPN NO los representa
b) Tienen derecho a ingresas a sus
planteles sin que nadie se los impida.c) Tienen derecho YA MISMO si lo desean, a recibir clases. Así sean muchos o pocos, así sea uno solo quien lo quiere (recuerdo a Elizabeth Eckford).
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Hay textos que parecen desafiar el paso del
tiempo y sonar tan actuales hoy como lo hicieron hace más de 14 años. En esa
categoría recuerdo un fragmento de EL BARBARO Y LOS COBARDES de Ikram Antaki.
“…el número se sustituye a la ley ( es
decir, si diez personas decidieron robar a una, estas diez personas tendrán
necesariamente la razón; y si un grupo decide que un individuo es culpable,
este individuo será considerado como culpable sin tener que pasar por las
pruebas del derecho)...”
Igual de actual que en el año 2000 - EL BARBARO Y LOS COBARDES
Hay textos que parecen desafiar el paso del
tiempo y suenan tan actuales hoy como lo hicieron hace años. En esa
categoría está EL BARBARO Y LOS COBARDES de Ikram Antaki.
EL BARBARO Y LOS COBARDES
Ikram Antaki
El Universal
Febrero del 2000
Nuestro país no tiene una relación privilegiada con el derecho; de hecho vivimos, en muchos aspectos, en una circunstancia pre-legal. No hemos interiorizado la ley y seguimos privilegiando las relaciones de fuerza. Hablar de “estado de derecho” cuando se tiene si quiera la idea de que un hombre absolutamente solo, erguido ante mitos, pueda tener la razón y que la fuerza del Estado en su totalidad, como garante del derecho, de apoyarlo y hacerlo triunfar, hablar de “estado de derecho” –digo en estas circunstancias , es palabrería vacía y es mentira.
Supongamos que un hombre, originario de un estado, quiera competir para la gubernatura del D.F., un dato básico le impide hacerlo: no cumple con las reglas de residencia. Saltando por encima de la ley, este hombre organiza un referendo; el número se sustituye a la ley ( es decir, si diez personas decidieron robar a una, estas diez personas tendrán necesariamente la razón; y si un grupo decide que un individuo es culpable, este individuo será considerado como culpable sin tener que pasar por las pruebas del derecho). ¿Por qué los demás lo dejaron competir? Por cobardía. Las instancias legales y sus propios adversarios públicos aceptaron la violación de la ley como acto fundador de la contienda. ¿Por qué? Por miedo al número, de la misma manera en que se legalizaban las ocupaciones de tierras por parte de las paracaidistas, doblando la ley ante el estado de derecho.
Quien sabe de leyes y acepta su violación lo hace por miedo; su decisión es política, no jurídica. La política dice que hay que dejar al PRD un D.F. que éste no iba a devolver en caso de perderlo con otro candidato, así que más valía dejárselo con este candidato.
¿Acaso se dan cuenta los habitantes del D.F. de lo que va a ser su vida durante los próximo tres o seis años? ¿Acaso tienen idea del infierno que podría ser? Quien los va a gobernar no es James Dean, sino un provinciano ignorante, violento y fanático. El referendo fue históricamente, el arma de los fascistas, a los demócratas, les basta con la aplicación de derecho. El referendo que daba el apoyo inicial al candidato del PRD estaba destinado a amedrentar a los jueces, es la dictadura, el terror del número ante cualquier circunstancia. La Ley de la selva no es la ley; un grupo de depredadores que deciden comerse al individuo débil y sólo no necesitan de la ley, les basta con la fuerza. Estas son las relaciones de fuerza del universo pre-legal, y estas son las relaciones que nos esperan bajo el próximo gobierno perredista. Cárdenas tenía las limitaciones que le imponía el sueño presidencial: Andrés Manuel López Obrador no tendrá límites. No será el valiente educador que se opondrá al pueblo si el pueblo yerra; para él, el pueblo tiene la razón simplemente porque es pueblo, y diez tendrán necesariamente más razón que dos o uno.
Sin el derecho, no hay vida soportable en sociedad; es el que evita a los hombres recaer en el estado de guerra que caracteriza el estado de naturaleza. El que empieza su reino violando la ley que regía este reino, no será un gobernante legal; será un golpista. ¿Por qué es que el DF insiste en darse este tipo de gobierno? El mito de un DF culto y politizado, en comparación con un campo ignorante y controlado por el PRI, es una de las grandes mentiras políticas que vivimos. Existe algo peor que la ignorancia y es el saber poco. El ignorante generalmente se sabe ignorante; el que sabe poco cree que sabe, y su prepotencia lo lleva a cometer todos los errores. Esta ignorancia que se esconde detrás de los temas del Fobaproa y demás retórica demagógica, le hace creer que sabe más y mejor que el campesino que piensa y vota de manera diferente a la suya.
Estamos llegando a los tiempos fanáticos e inseguros; no es este el cambio con el cual soñábamos. Este cambio no es un paso adelante; es un retroceso.
Esa atmósfera de intolerancia y de odio, de envidia, de maledicencia y de condena, no es una alternancia normal. Nuestra izquierda no es el PSOE; ignora, desprecia y viola la Ley, además de considerarla como un instrumento de burguesía.
miércoles, 16 de julio de 2014
La simplificación administrativa es un eslogan publicitario.
Resulta frustrante ver que la modernidad no
le da al SAT para poner un poco de lógica al proceso de los CFDI, pues sin
problema alguno es posible:
a)
Timbrar y obtener un sello
digital para un CFDI.
b)
Verificar en el propio portal
del SAT https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/
el tal CFDI obteniendo el estatus de “Vigente”.
c)
Encontrar el CFDI en formato
XML en la base de datos del SAT https://cfdiau.sat.gob.mx/nidp/app/login?id=SATUPCFDiCon&sid=0&option=credential&sid=0
Para en última instancia, al “Validar” el
CFDI en la opción también de SAT https://www.consulta.sat.gob.mx/sicofi_web/moduloECFD_plus/ValidadorCFDI/Validador%20cfdi.html
obtener que no es válido y por ende no es deducible para efectos fiscales
porque no cumple con los parámetros de estructura.
Que la validación de la estructura no sea
una parte fundamental del algoritmo de computación que permite generar el
timbrado y sello digital es una falla de programador novato, pero que se pueda “Verificar”
sin problemas el tal CFDI y que el mismo se encuentre en las bases de datos del
SAT sin cumplir con los requisitos de estructura ya raya en lo negligente.
Una empresa no tan pequeña podrá adquirir
un software que le ayude a validar las varias facturas que recibe de sus
proveedores, pero aun así, al detectar el software los errores, es menester ir
a validarla manualmente en el portal del SAT en donde encuentra uno el
escenario arriba descrito. Una empresa pequeña se verá metida en un berenjenal
para poder validar sus facturas sin la capacidad de contar con un software y muchas
de la veces sin tener conocimientos técnicos mínimos para navegar la pagina del
SAT, mucho menos para poder validar sus CFDI.
La bendita “simplificación administrativa” existe sí pues, pero ella es para la autoridad que delega en el contribuyente la carga administrativa y económica que ello implica.
Que poca SAT. Neta.
Arturo Salinas Guerrero
@rtoursg
martes, 27 de mayo de 2014
La situación fiscal de Congreso Popular no es clara.
En un reciente
intercambio de tuits con el usualmente nada interactivo CM de @Congres_Popular
en relación con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales , este easegura que es su “organizacion hermana la que se ocupa de
estos requisitos.”

Siendo ese el
caso, me di a la tarea de averiguar la autorizacion de @CentroProDH como donataria
autorizada en el SAT y si… Centro de Derechos Humanos Miguel Agustin Pro Juarez
AC, está efectivamente autorizada para recibir donativos como se ve acá:
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/donatarias/Directorio_DAS2013_170613.xls
Como puede constatarse, su autorización es
del tipo A, esto es, ORGANIZACIONES CIVILES Y FIDEICOMISOS ASISTENCIALES; autorización
que se enmarca en lo dispuesto por el artículo 95 Fracción VI de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta vigente hasta el
31 de diciembre de 2013 y que con la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente a
partir del 1 de enero de 2014 cambia al artículo 79 pero conserva la misma
fracción VI y que a la letra dice:
VI. Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las
leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles,
organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los
términos de esta Ley, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y
regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores
condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los
grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las
siguientes actividades:
a) La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de
alimentación, vestido o vivienda.
b) La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en
establecimientos especializados.
c) La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los
derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que
han llevado a cabo conductas ilícitas.
d) La rehabilitación de alcohólicos y farmacodependientes.
e) La ayuda para servicios funerarios.
f) Orientación social, educación o capacitación para el trabajo.
g) Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.
h) Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con
discapacidad.
i) Fomento de acciones para mejorar la economía popular.
Más aun, el objeto social
autorizado a Centro de
Derechos Humanos Miguel Agustin Pro Juarez AC y revelado como se ve en su acta
constitutiva dice a la letra:
ARTÍCULO SEGUNDO.- Objeto social.- Sus
fines son:1. Dar apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos
teniendo como beneficiarios a las personas, sectores y regiones de escasos
recursos; realizar actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia
y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad,
sexo o problemas de discapacidad.
Como donataria autorizada, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustin Pro Juarez
AC esta limitado en el ejercicio de sus actividades a las que especificamente
le marcan la Ley del Impuesto sobre la Renta en el citado articulo así como
lo que su propia acta constitutiva señala como objeto social.
A mi cumplido y
leal entender, ser intermediario en el financiamiento de Congreso Popular
AC (quien hay que decir, no está en la
lista de donatarias autorizadas) no se ciñe a lo autorizado por la autoridad ni
a lo señalado en su acta constitutiva.
Huelga decir, que
cumpla o no con sus obligaciones fiscales, @JohnMAckerman, cabeza visible del
Congreso Popular, tiene un doble discurso por el cual descalifica a Teleton por
solicitar donativos, pero ademas, de ser el caso que hay incumplimiento fiscal,
la cosa ya es de otra indole.
Ante la renuencia
de Congreso Popular para por congruencia y en concordancia con sus multiples
demandas de transparencia a terceros dejar en claro su situacion fiscal, y ante el lo
escueto de la explicacion de @CentroProDH consistente en un solo tuit, no hay de otra; que cada quien saque
sus conclusiones.
Entrada relacionada: http://yo-en-voz-alta.blogspot.mx/2014/02/odiadores-de-televisa-que-atacan.html
Arturo Salinas
Guerrero
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